COMUNICADO DE PRENSA DE LA COMISIÓN POR LA MEMORIA
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) rechaza la decisión ministerial que derogó la resolución 1484/15 del Ministerio de Salud, dejando sin efecto normas y plazos para la habilitación de establecimientos y servicios de salud mental y adicciones. Esta medida, de carácter regresivo, obstaculiza la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental, sancionada bajo los lineamientos dispuestos por normativas e instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos, y contribuye a reproducir las graves violaciones de derechos humanos que se ejercen actualmente sobre las personas con padecimiento mental.
La Comisión Provincial por la Memoria rechaza la resolución 1003/16 del Ministerio de Salud de la Nación que deroga la 1484/15 sobre “normas mínimas para la habilitación de establecimientos y servicios de Salud Mental y Adicciones”, como lo estipulaba la Ley Nacional de Salud Mental (Ley N 26.657). El organismo también advierte que la decisión ministerial entra en clara disidencia con normativas internacionales en materia de derechos humanos y viola el principio de no regresividad, tanto respecto de los derechos como de las políticas públicas que el proceso de implementación de la Ley de Salud Mental implicaba.
La resolución 1484/15 consideraba la prohibición de crear nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados. La misma normativa establecía que, en el plazo de un año y hasta lograr su sustitución definitiva, los establecimientos ya existentes debían ajustar su estructura y funcionamiento de acuerdo a los objetivos y principios establecidos por la Ley 26.657. Esto significaba que, para septiembre de este año, debían estar adecuados todos los centros de asistencia, hospitales generales, monovalentes, etc., a las normas mínimas para su efectivo funcionamiento.
Mientras que la reciente resolución 1003/16 sostiene que el tope de camas planteado en la norma derogada genera “discriminación y limita el acceso de la atención en salud mental”. Sin embargo, la discriminación aludida realmente no es tal, por cuanto no es sobre las personas sino sobre una modalidad de atención que antepone la rentabilidad sobre el acceso a derecho de los usuarios. Bajo estos argumentos, se arrasa con el espíritu desmanicomializador de la Ley 26.657, que determina la progresiva reducción de internaciones en hospitales monovalentes hasta su definitivo cierre.
La Comisión Provincial por la Memoria —como uno de los organismos que conforman el órgano de revisión de la Ley de Salud Mental en la provincia de Buenos Aires— advierte que esta reforma abre la puerta a prácticas manicomiales cuyas vulneraciones a los derechos humanos son ampliamente conocidos y han sido sistemáticamente denunciados por esta institución en su trabajo cotidiano de monitoreo y control de los lugares de encierro. En las inspecciones llevadas a cabo en neuropsiquiátricos de la Provincia, se han constatado múltiples violaciones de derechos humanos: índices elevados de personas fallecidas por falta de asistencia médica adecuada, aislamiento extremo e inhumanas condiciones de encierro, padecimiento de hambre y déficits en los servicios esenciales, uso de la sobremedicación o «chalecos químicos» —muchas veces— como únicas alternativas tratamentales y graves incumplimientos de la ley de salud mental vigente.