El proyecto, que obtuvo media sanción en el Senado provincial, promueve que las personas consumidoras accedan a la información nutricional de los platos en las cartas de menú, estableciendo la obligatoriedad de brindar dicha información en el caso de los establecimientos gastronómicos de mayor envergadura, mientras que será optativo para los pequeños y medianos comercios.
En la última sesión del Senado provincial se aprobó un proyecto de Ley de la legisladora Gabriela Demaría (Unión por la Patria) con el objeto de que los establecimientos gastronómicos con atención al público incorporen en sus cartas menú la información nutricional de los platos que allí se ofrecen, “información a la que hoy no accedemos como personas consumidoras”, introdujo.
De acuerdo a la letra del proyecto, que tuvo media sanción y pasó a Diputados para su tratamiento, “los sujetos alcanzados por la presente ley son los establecimientos comerciales cuyo rubro principal sea el gastronómico, cualquiera sea su denominación, en los que se expendan comidas para ser consumidas en el lugar, que cuenten con una capacidad de ocupación de doscientas o más personas, o funcionen dentro de un centro o paseo de compras, shopping, estación de servicio, o hipermercado, en el territorio de la provincia de Buenos Aires”. Asimismo, se establece que los establecimientos antes mencionados que publiciten o comercialicen sus productos a través de redes sociales o Apps también deberán dar cumplimiento a lo estipulado.
En su exposición, la Senadora explicó que “venimos trabajando este proyecto desde hace un tiempo, escuchamos distintas voces, entre ellas las del Colegio de Nutricionistas y la Defensoría del Pueblo de la Provincia, y lo hicimos en simultáneo con lo que se estaba desarrollando en Nación respecto a la Ley de Etiquetado Frontal que hoy está vigente”. En esa línea, argumentó que “como personas consumidoras estamos acostumbradas a ver los octógonos, pero la Ley sólo se aplica en los alimentos envasados. Con este proyecto buscamos dar un paso más y que al momento de elegir qué comer tengamos la posibilidad de ver la información nutricional de los platos que se ofrecen”.
“En la convicción de que resulta fundamental fomentar los buenos hábitos alimentarios, sabemos que es crucial contar con la información adecuada que nos permita tomar mejores decisiones en relación a lo que consumimos”, destaca Demaría en los fundamentos del proyecto. “Sabido es que los problemas de alimentación producen un enorme impacto en la salud de las personas que los padecen, pero también en la salud pública. Por ello, con esta iniciativa, intentamos generar una herramienta legal más en la concientización de la importancia que reviste la construcción de una conducta alimentaria informada y adecuada a las necesidades de la salud”, continúa.
Entre otros aspectos, Demaría resaltó que esta obligación no se aplicará a los pequeños y medianos comercios, para quienes será optativo; a la vez que destacó la progresividad de la aplicación de esta ley cuyas disposiciones “entrarán en vigencia en el plazo de doce meses posteriores al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial”.
Demaría, actual presidenta de la Comisión de Usuarios y Consumidores, mencionó que su iniciativa fue perfeccionada con otro proyecto del senador Daletto, y finalizó afirmando que, “seguimos trabajando sobre temáticas que son de la vida diaria, que la comunidad nos demanda y es importante ser receptivos y receptivas en nuestro rol legislativo para dar lugar a estas agendas con el objetivo de ampliar y mejorar los derechos de las y los bonaerenses”.